Protocolo LGTBI+

¿Qué empresas están obligadas?

Las empresas que están obligadas son aquellas que cuenten con más de 50 empleados, mientras que para las que no alcancen ese número es opcional tener el Protocolo.

¿Dónde se regula?

Se regula en la Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI.

En estos momentos nos encontramos a espera que sea aprobado el Reglamento donde se establecerán los requisitos que tiene que tener el Protocolo de Acoso LGTBI+.

¿Qué sabemos del Plan de LGTBI*?

  • Se trata de un Protocolo que lo que pretende es seguir avanzando en igualdad y consolidación de derechos de las personas LGTBI en el seno de las empresas, buscando la igualdad y la no discriminación.

    Se trata de un conjunto planificado de medidas y recursos para alcanzar la igualdad real y efectiva de las personas LGTBI en el seno de la empresa.

El Protocolo debe estar negociado con los Representantes Legales de las personas trabajadores y se tienen que plasmar los resultados alcanzados.

Lo que se pretende es garantizar y promover el derecho a la igualdad real y efectiva de las personas lesbianas, gais, trans, bisexuales e intersexuales, así como de sus familiares.

No se incorporará dentro del Plan de Igualdad de empresa, ni podrá ser negociado por los sindicatos negociadores del Plan de Igualdad.

Es necesario llevar a cabo la elaboración, para el cumplimiento de la normativa vigente, pero con el desarrollo del reglamento que la legislación prevé, se concretará el contenido y alcance de estos.

¿Cuándo se aprobará el Reglamento que desarrolle como tienen que ser el Protocolo LGTBI?

Se desconoce cuando aprobarán el reglamento donde se desarrolle como se tienen que elaborar los Protocolos de LGTBI* y cuáles van a ser los requisitos que debe tener.

Desde PROCODEN les mantendremos informados y al día de todas las novedades.

¿Tu empresa está obligada a implantar el Protocolo de LGTBI+?

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