El día 10 de octubre, entro en vigor el Real Decreto 1060/2024, de 8 de octubre, que establece las medidas para la igualdad y la no discriminación de las personas LGTBI+ que tienen que implantar las empresas de más de 50 personas, que obligaba a ya tener el artículo 15 de la Ley 4/2023.
Las empresas que cuenten con 50 personas empleadas, disponen de un plazo de 3 meses (hasta el 10 de enero de 2025) para constituir una comisión negociadora del Protocolo, para el caso de las empresas que no dispongan de convenio colectivo ni representante legal de trabajadores/as el plazo será de 6 meses.
Una vez creada la comisión de negociación, compuesta por los sindicatos convocados y los representantes de la empresa, empezarán las negociaciones para determinar las medidas para garantizar la igualdad y la no discriminación de las personas LGTBI+, en el RD se establecen los mínimos que hay que tener, que deberán estar aplicándose en un plazo de 3 meses desde que empezaron los tratos.
Si su empresa está obligada a tenerlo, bien porque cuenta con más de 50 personas empleadas, o desea implantar el Protocolo de Acoso LGTBI por afianzar el compromiso con la igualdad y la no discriminación, puede solicitarnos presupuesto.
Para más información… |
También puedes escribirnos a través del formulario de contacto o llamarnos al 96 645 56 43